En nuestro régimen político existen varios niveles de gobierno que se ocupan de una diversidad de asuntos. La primera gran repartija de competencias la establece la Constitución nacional en el título referido a los gobiernos de provincia . Éstos gobiernos delegan algo de su poder: las facultades relativas al funcionamiento y la efectividad de un Estado Nacional. Y conservan otras tantas. En el medio hay poderes concurrentes que pueden ser ejercidos por una provincia o el Estado Federal. Horacio Cao enseña que existen textos fundacionales donde se pueden encontrar más de cuatrocientas definiciones de federalismo. Pero para esquematizar coloca nuestro régimen político complejo en el centro de un continuum con dos polos, en uno de los cuales se encuentran los Estados Confederales y en otro donde se encuentran los Estados Unitarios. Nuestro federalismo es básicamente un sistema de cooperación. En el cual los gobernadores son “agentes naturales del Gobierno federal
Del subsuelo sublevado a la cima.